Libertad de expresión, ¿quién se atreve a hablar?
Sí, yo también voy a unir mi voz a la de tantes que están denunciando el ataque a la Libertad de Expresión en nuestro país. Me parece tan obvio y manifiesto que no sé muy bien qué decir que no sea redundante con lo que tanta gente y medios están expresando.
Desde hace unos años asistimos a un inaudito desfile de imputados en procesos ante la Audiencia Nacional, que raya lo ridículo: raperos, titiriteros, tuiteres y algunes otres. ¿No tienen nada mejor en qué ocuparse? Uno de nuestros más altos tribunales, competente para proceder contra los delitos de terrorismo, de narcotráfico a gran escala, entretenido en analizar chistes sobre Carrero Blanco, revisar teatros de marionetas, canciones de raperos y alguna pitada al himno nacional (¿?) Cosas vederes, Sancho, que non crederes. Y es que desde la aprobación de la Ley de Seguridad Ciudadana (Ley Mordaza) –parece que en vías de extinción– y la reforma del Código Penal de 2015, las manifestaciones ciudadanas, los delitos de odio, enaltecimiento y humillación han cobrado tal relevancia que parece que si no hay caso se busca.
Algunos de estos procesos parecen bromas y con frecuencia son sobreseídos o quedan en multas poco gravosas pero llevan implícito un aviso para navegantes: toda persona que ose cuestionar el discurso oficial, se salga de lo políticamente correcto, se haga la graciosa con chistecitos o teatritos se juega pasar una temporadita a la sombra; y si es un polítique de la nueva hornada, aunque los hechos ocurrieran mucho antes incluso de que se planteara serlo, se juega la inhabilitación. ¿Queda poco para instaurar la policía del pensamiento de la que hablara Orwell en su novela 1984?
Ultima ratio o subsidiariedad del derecho penal
Se podrá replicar que algunos de los mensajes que se cantan o se tuitean son violentos, discriminadores o feos. Y sí, algunos lo son; pero de ahí a considerarlos delitos hay un mundo. Siempre hemos convivido con opiniones y comentarios estúpidos, obscenos, violentos, discriminadores… ¡Qué no habremos tenido que oír en el bar, en la oficina o en la carnicería! Por mucho que las redes sociales aumenten el eco de las palabras, la grosería, la imbecilidad o la violencia imaginaria, no deben ser consideradas conductas delictivas.
Son principios del Ordenamiento Jurídico el papel de Ultima ratio –o intervención mínima- del Derecho Penal, lo que viene a ser, que sólo debemos hacer uso de este instrumento frente a los ataques más agresivos contra los bienes jurídicos más preciados: la vida humana, la libertad, la integridad física, la indemnidad sexual… Y siempre que no haya otro medio menos gravoso de defenderlos. Pongamos un ejemplo: que un Reglamento deportivo penalice a quien insulte a le árbitro durante un partido, sancionándole[1] por ejemplo con la prohibición de asistir a los cinco partidos siguientes en ese campo, nos parece razonable; pero parecería desproporcionado que se juzgara a esa misma persona ante un Tribunal de Justicia y se la castigara con pena de prisión, ¿no? Lo cual hila también con otro principio fundamental del Derecho Penal y es la proporcionalidad entre el delito y la pena. Desde que Carrara formulara este principio a mediados del siglo XIX, colgar a alguien en la plaza del pueblo por robar una gallina parece un poquito exagerado; juzgar a alguien en la Audiencia Nacional y pedir penas de prisión por contar un chiste o hacer una obra de teatro, también.
Democracia o Constitución
Gran parte del articulado de la CE refleja el modelo político de nuestro país, estar en desacuerdo con ese modelo o querer cambiarlo no supone ninguna ilicitud. Cuando les ciudadanes, a través de vías legítimas intentan cambiar las leyes que no les gustan, incluyendo nuestra Carta Magna, son acusades de ilegalidad o anticonstitucionalidad. Cuando les polítiques cambian las leyes para su conveniencia o la de sus amigues banqueres, no cometen ninguna ilegalidad y no son sometides a la acción de los tribunales. Cuando malvenden lo que es de todes sin consultar al pueblo al que pertenecen dejándolo sin recursos, tampoco. (Ver post privatizaciones)
¿De qué vías legítimas de acción estamos hablando? No me estoy refiriendo a las migajas del sistema, es decir, la posibilidad de elegir cada cuatro años a nuestres torturadores representantes, que una vez elegides harán lo que les salga de las narices o lo que les permita la Troika. Me refiero a todas las que de forma no-violenta sirvan para expresar la postura, opiniones y exigencias de la gente, colectiva o individualmente: manifestaciones, boicots, huelgas, desobediencia civil, expresiones artísticas, manifestaciones escritas, reuniones, asociaciones, etc.
Como reflejé en el post Referéndum, ¡qué escándalo!, el uso de grandes palabros: la Corona, la Constitución, las Instituciones del Estado, etcétera; es utilizado por nuestres dirigentes para atemorizar y subvertir el orden de cosas, creando la ilusión de que tienen más importancia y legitimidad las Instituciones que las Personas, el Estado que el Pueblo, la Ley que la Voluntad Popular, la Propiedad Privada que el Bienestar Social, las Fronteras que la Solidaridad.
La censura y la represión son signos de la decadencia de un sistema
Efectivamente cuando el sistema no puede aguantar las críticas, las manifestaciones ciudadanas, las expresiones artísticas y el humor político, es que mucho teme. Seguramente entre las preocupaciones de les dirigentes de las grandes instituciones mundiales -FMI, Banco Mundial, G-7, Troika, etc.- están las revueltas sociales que sus desalmadas políticas y austericidios puedan desatar en la base social, más que a nada temen a la Revolución. Así pues, además de tener que aguantar sus rapiñas, sus crisis provocadas, sus discursos insufribles y mendaces, y sus aleccionamientos, debemos hacerlo con la boca bien cerradita, no vayamos a soliviantar a las masas y hagan algo que ponga en riesgo sus sillones y sus millones.
Siempre había pensado que muches de les mejores psicólogues, psiquiatras y sociólogues trabajaban asesorando a polítiques, banqueres, corporaciones y medios de comunicación, pero si es así, tengo mis dudas sobre la inteligencia de sus prescripciones. Si a una persona o a un pueblo sometido a presión se le impide ironizar, cantar, gritar o expresar, se cierran sus válvulas de escape con el peligro que esto entraña. Se podría producir el fenómeno olla a presión: en el momento en que estalle, ¿qué harán para evitar que les salpique la explosión? ¡Ufff, no quiero ni pensar de lo que serían capaces!
Para contribuir un poquito a denunciar este despropósito, dejo aquí el enlace al canal de youtube de La Insurgencia, los últimos raperos condenados por la Audiencia Nacional a pena de prisión de 2 años y 1 día -para que no se libren-, multa de 4.800 euros y 9 años de inhabilitación. https://www.youtube.com/user/LaInsurgenciaTV
[1] -le como neutro, no por leísmo.