COAFGA | nota de prensa
El COAFGA recomienda el uso de las mascarillas en ascensores y espacios comunes cerrados de edificios
El Real Decreto publicado el pasado miércoles 20 de abril en el BOE deja a criterio de las empresas el establecimiento de normas concretas si considera que hay riesgo de contagio y sucede lo mismo con las comunidades de propietarios
Galicia, miércoles 27 de abril 2022.- El Colegio Oficial de Administradores de Fincas de Galicia -COAFGA- que agrupa a más de 600 profesionales ejercientes, recomienda el uso de mascarillas y seguir manteniendo la distancia de seguridad en ascensores y espacios comunes de edificios en los que no haya ventilación, especialmente en caso de personas vulnerables, aunque recuerda que, tal y como queda recogido en el BOE publicado el pasado miércoles 20 de abril, el tapabocas ya no es obligatorio.
La norma establece que las mascarillas solo se exigirán en centros, servicios y establecimientos sanitarios, en caso de ser trabajador o visitante y en todo tipo de transporte público. En las demás situaciones, usarla será recomendable en determinados casos como en eventos multitudinarios, aglomeraciones y compartir espacios con personas vulnerables. También si se tienen síntomas compatibles con COVID o se ha sido positivo recientemente.
El Real Decreto publicado no especifica nada más, pero deja vía libre a las empresas a que establezcan normas concretas si consideran que hay riesgo de contagio. Lo mismo sucede en los colegios privados y en todo tipo de establecimientos, donde se pueden reservar el derecho de admisión en caso de no llevarla.
Portal, piscina y jardines comunitarios
Desde el Colegio de Administradores de Fincas de Galicia señalan que “las comunidades de propietarios pueden establecer normas de régimen interior que rijan en sus zonas comunes como gimnasios, piscinas, jardines o el portal y escaleras y pero no tienen capacidad sancionadora y no es efectivo, y menos si no hay una norma que lo justifique por lo que no podrán obligar al uso de mascarillas aunque sí recomendarlo”.
"Con esta nueva regulación todos podemos acudir a cualquier espacio para cualquier tipo de actividad sin que sea obligatorio el uso de la mascarilla, un criterio que también es de aplicación para los diferentes espacios existentes en edificios dado que las zonas comunes de las comunidades de propietarios no son una excepción”, recuerdan desde el COAFGA.
Asimismo, señalan que si una persona entra sin mascarilla en un ascensor, otro vecino puede decidir no entrar o entrar con mascarilla, si así lo considera, pero en ningún caso puede recriminar el que alguien lo haga sin mascarilla. Aconseja se explique al vecino que no va a entrar porque prefiere ir solo y usar mascarilla, para evitar malos entendidos y malas relaciones vecinales. “Con educación se pueden explicar las cosas y evitar problemas” dicen los responsables del COAFGA.
Recomiendan actuar con prudencia y sentidiño porque todavía no hemos superado la pandemia de la COVID-19 y es aconsejable estar protegido en los casos de contacto continuado en los que no se pueda mantener la distancia de seguridad.
También recuerdan que es recomendable que sigan usando mascarilla las personas que por padecer una enfermedad o por cualquier otra causa sean especialmente vulnerables”.